El Gobierno publicó hoy cómo distribuirá lo recaudado por el «Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)» para la compra de dólares y el turismo en el exterior.
A través del decreto 184/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, se definió la forma de distribución del 30 por ciento extra en la compra de dólares.
Según lo establecido en el artículo 1 del decreto publicado hoy, el 70 por ciento de lo recaudado será distribuido de la siguiente manera:
a) Al financiamiento de Programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el sesenta por ciento (60%).
b. Al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), para cubrir sus prestaciones: el CUARENTA POR CIENTO (40%).
En tanto que señala que la asignación específica del treinta por ciento (30%) establecida en el inciso b) del artículo 42 de la Ley Nº 27.541, será distribuida de la siguiente manera:
a. Al FONDO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (FISU), creado por el Decreto N° 819/19 en el marco de la Ley N° 27.453, para el financiamiento de obras de vivienda social: 30%.
b. A obras de infraestructura económica: 65%.
c. Al fomento del turismo nacional: el 5%.